Recomendaciones y Normativas - Publicado el 17 de septiembre de 2025

Regulación y seguridad de los edulcorantes bajos y sin calorías en la Unión Europea

Regulación y seguridad de los edulcorantes bajos y sin calorías en la Unión Europea

Los edulcorantes bajos en calorías y sin calorías representan algunos de los ingredientes más estudiados dentro de la industria alimentaria a nivel global. Organismos internacionales de gran prestigio, como la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), han confirmado en reiteradas ocasiones su seguridad. En el contexto de la Unión Europea (UE), once edulcorantes de este tipo han sido autorizados para su uso en alimentos y bebidas, entre ellos el aspartamo, la sucralosa, el acesulfamo-K y los glucósidos de esteviol, lo que refleja un proceso regulatorio robusto y basado en evidencia científica.

La regulación de los edulcorantes en Europa comenzó en la década de 1990 con la Directiva 94/35/CE, conocida como la Directiva sobre Edulcorantes. Posteriormente, con el Reglamento 1333/2008 y su Anexo II desarrollado en el Reglamento 1129/2011, se consolidó un marco normativo único para todos los aditivos alimentarios, incluidos los edulcorantes. Este marco establece las condiciones de uso y un listado oficial de sustancias autorizadas. Para obtener la aprobación, los fabricantes deben presentar un expediente con estudios toxicológicos, pruebas de seguridad y evidencia científica detallada sobre las condiciones de uso del ingrediente. La EFSA analiza este material y emite un dictamen científico, que es posteriormente evaluado y aprobado por la Comisión Europea junto con los Estados Miembros. Una vez autorizado, el edulcorante queda armonizado en toda la UE. Además, la normativa exige transparencia al consumidor mediante el etiquetado, que debe incluir la mención “con edulcorante” y el nombre o número “E” correspondiente.

Actualmente, once edulcorantes bajos o sin calorías se encuentran aprobados en la Unión Europea: acesulfamo-K (E950), aspartamo (E951), ciclamato (E952), sacarina (E954), sucralosa (E955), taumatina (E957), neohesperidina DC (E959), glucósidos de esteviol (E960), neotame (E961), sales de aspartamo-acesulfamo (E962) y advantamo (E969). Todos ellos han sido evaluados de forma rigurosa por la EFSA, que establece para cada uno una Ingesta Diaria Admisible (IDA), definida como la cantidad que puede consumirse cada día durante toda la vida sin que represente riesgos para la salud. La evidencia científica acumulada confirma que estos aditivos son seguros dentro de los límites establecidos. Como parte del compromiso de actualización, la EFSA está llevando a cabo un proceso de reevaluación de todos los aditivos aprobados antes de 2009. El aspartamo fue el primero en ser reevaluado bajo este esquema, y en 2013 se publicó una revisión considerada una de las más exhaustivas realizadas hasta la fecha sobre un aditivo alimentario, que concluyó que su consumo es seguro. El resto de los edulcorantes se encuentra actualmente en revisión bajo los mismos estándares.

La regulación europea de los edulcorantes bajos y sin calorías es uno de los marcos más sólidos a nivel internacional. La autorización depende de pruebas científicas exhaustivas y de evaluaciones de riesgo que garantizan la protección del consumidor. El establecimiento de una IDA específica para cada sustancia y la obligatoriedad del etiquetado refuerzan la transparencia y la confianza en su seguridad. La reevaluación continua por parte de la EFSA confirma la importancia de mantener las políticas alimentarias alineadas con la evidencia más reciente, asegurando que el consumo de estos ingredientes sea seguro y controlado para toda la población.

Fuente: International Sweeteners Association

Para más información: https://www.sweeteners.org/es/seguridad-y-regulacion/